Crimen organizado: concepto
¿Qué entendemos por crimen organizado? Para dar respuesta a dicha interrogante, primeramente ha de constatarse que lejos de lo que pueda parecer, su conjunto de palabras no constituye delito en sí mismo, o como tal, así no está reconocido, para conocerlo deberemos previamente caracterizarlo.
En contraposición con la delincuencia tradicional, habitual u ocasional, el crimen organizado es una "empresa" jerarquizada que genera múltiples beneficios, luego su móvil delictivo como queda dicho, es puramente económico y no sólo para el que ejerce el mayor cargo en la organización, cada escalón tiene en común respecto al anterior, el mismo móvil criminal, en sus distintas proporciones dinerarias, cada concepto aquí reflejado describe los condicionantes que identifican su razón de ser, esto es, gravedad, asociación, estructura y personalización.
Definición policial (INTERPOL)
Deseo aquí recoger una definición común en el ámbito policial, para ello nada mejor que dirigirse a INTERPOL, que considera crimen organizado si cumple los cuatro requisitos siguientes:
Que el grupo lo formen más de tres personas.
Que actúen durante largo tiempo.
Que el delito que cometan sea grave.
Que obtenga beneficios, poder o influencia
Entre ellos cabe destacar el consignado en el punto número 1 y número 2, por un lado, eleva la cifra de componentes del grupo a tres con respecto a la doctrina jurisprudencial española, que como hemos citado anteriormente, limitaba a un mínimo de dos y por otro lado, la continuidad del delito debe ser condicionante pero no absoluta para caracterizar a un grupo organizado, puesto que en definitiva depende de la investigación policial y judicial, la durabilidad y la continuidad puede ser abortada al principio de la producción del delito y por lo tanto darse el caso de un grupo que cumpliendo todos los criterios de "asociación organizada para delinquir" no pudiera seguir ejecutando su criminalidad al ser detenidos en ese primero y único delito. También es cierto, que la propia identificación de los componentes de la red, su función en el grupo y el hallazgo de indicios de criminalidad que los relacionen, suele conllevar a la extensión del tiempo de investigación, luego repercutirá igualmente en que la actuación del grupo perdure un mayor tiempo.
Independientemente de los cuatro requisitos citados, INTERPOL considera que deben cumplir también al menos dos de lo siguientes:
Que en el seno del grupo haya reparto de tareas.
Que tengan jerarquías y disciplina interna
Que sean internacionalmente activos.
Que usen la violencia o la intimidación.
Que monten estructuras empresariales para desarrollar o enmascarar sus actividades.
Que participen en el blanqueo de dinero.
Que sus actos se beneficien de la corrupción.
En total, INTERPOL caracteriza al crimen organizado bajo seis requisitos mínimos de los once enumerados, pero no es difícil encontrar en una organización criminal, una estructura que cumpla con ocho, diez o los once criterios citados.
Como hemos visto en las distintas definiciones, el crimen organizado es grave, es estructura, es jerarquía, es distribución de funciones, es continuidad……es……empresa y como tal, poseen medios, poseen especialización, poseen coordinación, poseen seguridad (generan corrupción para asegurarse la ejecución de sus acciones delictivas) y poseen un móvil suficientemente atractivo que motiva la conducta de cada miembro: el rápido enriquecimiento, que anula cualquier comportamiento ético del ser humano.
Estándares delictivos
Los estándares delictivos del crimen organizado, vienen establecidos por la especialización de las organizaciones criminales en determinados tipos penales, influenciados o condicionados primeramente, por el beneficio económico a obtener, por su propia estructura, por su tecnología o incluso por el transito de la materia prima objeto del delito o por el propio mercado del producto. Si tomamos como ejemplo el tráfico de drogas a gran escala, podemos asegurar que los múltiples beneficios que genera, requiere de una gran estructura jerárquica para llevarlo a cabo, ejerce entre origen y destino un tránsito supranacional, bien como país puente hacia Europa (cocaína) o bien como país receptor (heroína turca).
A su vez, esos tipos penales pueden ser importados, exportados o sencillamente generados y ejecutados exclusivamente en nuestro país, como los delitos relativos a la prostitución de mujeres enviadas a España para ejercer en clubs de alterne, extorsionándolas y obligándolas contra su voluntad, o como el robo de vehículos de alta gama, que acaban siendo exportados a países africanos u otros sencillamente no circulan, son realizados por grupos ubicados íntegramente en España como el robo con fuerza en la propiedad.
Existen por otro lado, organizaciones cuya especialización en el delito principal, provoca la realización de otros como medio para llegar a la culminación del primero, que les genera un mayor beneficio, como ejemplo basta decir, que las redes que controlan la inmigración ilegal "utilizan" en el lugar de destino el delito de extorsión para violentar a los inmigrantes a ejercer un determinado trabajo forzado, culminando otros ilícitos penales de mayor gravedad, en resumen, el delito principal suele generar otros asociados, que pueden llegar a ser incluso más importantes, como el tráfico de armas para alimentar a grupos terroristas o el tráfico de drogas para financiar sus acciones, lo que implica que la consciencia o inconsciencia en la comisión del delito puede traer efectos mucho más graves, pero el beneficio económico limita y hasta elimina la capacidad humana para discernir la gravedad de las causas finales, y las cifras son demoledoras en este sentido, por ello quisiera recordar las cifras publicadas por el Fondo Monetario Internacional:
Entre el 0,6 y 1,5 billones de dólares de dinero no declarado sale o circula por paraísos fiscales cada año.
Las cifras dinerarias que mueve el blanqueo de capitales representan entre el 2% y el 5% del producto interior bruto mundial (PIB).
Los beneficios anuales del tráfico de drogas representa entre el 8% y el 10% del comercio mundial.
El producto de toda la delincuencia mundial supera el billón de dólares anuales lo que representa el 20% del comercio mundial.
Como vemos y ya hemos dicho anteriormente, las cifras son suficientemente atractivas para caracterizar el crimen organizado en un negocio muy rentable, que anula cualquier atisbo de ética moral que permita pensar a las organizaciones criminales en las consecuencias últimas de su criminalidad.
Pero no sólo determinados grupos se especializan en uno o varios delitos, cada grupo se globaliza, se integra y se coordina para poner a disposición del conjunto lo mejor de cada célula, pudiéndose dar el caso que un grupo planifique el delito y otro grupo independiente lo ejecute, por lo tanto nos encontraríamos ante una organización criminal compuesta de dos grupos divididos, estructurados, jerarquizados y coaligados para la consecución del hecho proyectado y como es evidente con algún nexo de unión en ambos grupos.
Si tomamos como referencia el ordenamiento jurídico español, en concreto, el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, vemos como los tipos penales que catalogan a un grupo organizado son aquellos que condicionan las conductas para cometer de forma permanente o reiterada algunos de los delitos citados en el artículo 282 bis, apartado 4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, luego podemos decir que los estándares en los que las organizaciones se especializan lo determinan los siguientes delitos:
Delito de secuestro de personas.
Delitos relativos a la prostitución.
Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.
Delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial.
Delitos contra los derechos de los trabajadores.
Delitos de tráfico de especies de flora o fauna amenazada.
Delito de tráfico de material nuclear y radiactivo.
Delitos contra la salud pública.
Delito de falsificación de moneda.
Delito de tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos.
Delitos contra el patrimonio histórico, previstos en el artículo 2.1.e de la Ley orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de represión de contrabando.
De forma genérica estandarizamos los delitos asociados al crimen organizado en un lenguaje común y que básicamente podemos agrupar en:
Tráfico de drogas
Tráfico de armas
Tráfico de seres humanos
Inmigración ilegal
Delitos relativos a la prostitución
Blanqueo de capitales
Contrabando de órganos
Contrabando de tabaco
Delitos contra la propiedad intelectual
Robos vehículos de alta gama
Robos con fuerza
Secuestros
Extorsión
Fraude fiscal
Estandarizados los tipos penales frecuentes, pasaremos a continuación, a enumerar aquellas organizaciones criminales cuyas actividades delictivas principales, son coincidentes con los citados anteriormente.
Organizaciones criminales más importantes
No están todas las que son, ni son todas las que están, existen otras que sin tener un nombre genérico bajo el que se agrupan, forman parte de las redes del crimen organizado, como son las provenientes de África, involucradas en el tráfico de hachis o en la inmigración ilegal.
Quisiera citar aquí aquellas organizaciones criminales con mayor repercusión global, por su criminalidad, por su zona de influencia, por los beneficios que generan, por su número de miembros, por la gravedad de sus delitos y por la trascendencia social que provocan. Como es lógico hemos de hacer hincapié en aquellas que afectan en mayor medida a territorio europeo y en último termino, aquellas que provocan una mayor incidencia sobre España, como son los carteles colombianos, mafias turcas, yugoslavas, rusas, rumanas o las triadas chinas.
Sin duda, lo que más llama la atención es el número de miembros que forma cada una de estas organizaciones, cifra aproximada dada la dificultad en censar realmente los individuos que pueden llegar a componer dichas tramas delictivas, divididos en clanes, células o grupos, todos ellos bajo el auspicio de las grandes redes del crimen y que con o sin nexos de vinculación actúan entorno a estas. Sus actividades o estándares delictivos principales son comunes, resaltando por encima de todos, el tráfico de drogas que es lo que les aporta mayores beneficios económicos.
Cosa Nostra (EE.UU)
Número de miembros estimados: 5.000
Actividades delictivas principales: Fraude, corrupción, juego ilegal, tráfico de drogas, prostitución, extorsión.
Mafias Jamaicanas
Número de miembros estimados: 22.000
Actividades delictivas principales: Tráfico de drogas, tráfico de armas, secuestros.
Cárteles Mexicanos
Número de miembros estimados: desconocido, algunos cárteles cuentan con más de 3.500 miembros y unos 11.000 están ingresados en prisión.
Actividades delictivas principales: Tráfico de drogas, tráfico de seres humanos, corrupción, extorsión.
Cárteles Colombianos
Número de miembros estimados: 22.000
Actividades delictivas principales: Tráfico de drogas (cocaína), corrupción, extorsión, lavado de dinero.
Bandas Nigerianas
Número de miembros estimados: entre 5.000 y 20.000
Actividades delictivas principales: Tráfico de drogas, tráfico de seres humanos, delitos relativos a la prostitución.
Mafias Italianas
Número de miembros estimados: entre la mafia siciliana, la camorra napolitana y la N’drangheta calabresa suman unos 16.000.
Actividades delictivas principales: Tráfico de drogas, tráfico de obras de arte, extorsión, juego ilegal.
Mafias Yugoslavas
Número de miembros estimados: desconocido
Actividades delictivas principales: Tráfico de drogas, robos contra la propiedad, robos de vehículos de alta gama, delitos relativos a la prostitución.
Mafias Rumanas
Número de miembros estimados: desconocido
Actividades delictivas principales: Tráfico de drogas, robos contra la propiedad, robos de vehículos de alta gama, delitos relativos a la prostitución.
Mafias Turcas
Número de miembros estimados: desconocido (12 clanes)
Actividades delictivas principales: Tráfico de drogas (heroína), corrupción, falsedad documental y delitos contra la propiedad intelectual.
Mafiyas Rusas
Número de miembros estimados: 35.000
Actividades delictivas principales: Tráfico de drogas, Tráfico de armas, prostitución, blanqueo de dinero, tráfico de material nuclear.
Mafias Chechenias
Número de miembros estimados: desconocido, se cifran en miles.
Actividades delictivas princicpales: Tráfico de drogas, tráfico de armas, corrupción, extorsión, secuestro.
Mafias Georgianas
Número de miembros estimados: + de 5000
Actividades delictivas principales: Contrabando, lavado de dinero, extorsión, secuestro, fraude.
Triadas Chinas
Número de miembros estimados: 170.000
Actividades delictivas principales: Tráfico de drogas, tráfico de armas, tráfico de seres humanos, robo de vehículos, delitos contra la propiedad intelectual, prostitución, pornografía infantil.
Yakuza (Japón)
Número de miembros estimados: entre 85.000 y 110.000
Actividades delictivas principales: Tráfico de drogas, tráfico de armas, extorsión, blanqueo de dinero, prostitución, pornografía infantil, juego ilegal.
Las cifras son abrumadoras, más de 500.000 personas viven por y para el crimen, es una gran multinacional delictiva, pero por desgracia existe otra lectura, imaginemos por un momento las víctimas directas e indirectas que provocan, el gran esfuerzo de las sociedades occidentales y sus respectivos gobiernos en paralizar su criminalidad, por un lado, invierten suculentas cantidades dinerarias en seguridad y por otro lado, dejan de percibir cuantiosos beneficios por el fraude que expolian estas organizaciones.
A modo de ejemplo, quisiera citar la estadística publicada por el Ministerio de Interior y editada por la Fiscalía General del Estado con respecto a los reclusos ingresados en las instituciones penitenciarias españolas, tomando como referencia dos de los delitos que con mayor incidencia cometen las redes del crimen organizado como son el tráfico de drogas y los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico, cifras que abarcan desde el segundo semestre del año 2001 al primer semestre de 2003, últimos datos publicados, que nos sirve como patrón ejemplarizante con respecto al resto de años, y como vemos reflejado en el diagrama, las cifras presentan una línea ascendente hasta el primer semestre de 2003 que se sitúan en 17.899 y 10.921 personas ingresadas en los centros penitenciarios españoles por ambos delitos. Ello nos da una idea, primeramente de la alta representación carcelaria que implica esta delincuencia y por otro lado, cabe una segunda lectura, esa cuantía es referida mayormente a personas detenidas e ingresadas, por lo tanto nos encontramos ante personas conocidas y cuantificables objetivamente. No es menos cierto también, que las personas vinculadas de una u otra forma al crimen organizado pueden presentar márgenes de error considerables al número total de miembros que componen las organizaciones criminales, antes citadas, fuera de ellas y cumpliendo los requisitos para caracterizar a un grupo organizado sin pertenencia a esas grandes comunidades del crimen cabría añadir numerosos grupos que resultan difíciles de censar hasta que no son detenidos o imputados por los delitos asociados a su criminalidad.
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